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Brilla   /  Seguro de Vida Deudor
 
 
Seguro Vida Deudor para Créditos Brilla
Protege tu tranquilidad y la de tu familia

El Seguro Vida Deudor de los créditos Brilla es un respaldo diseñado para proteger al cliente y a sus seres queridos ante situaciones inesperadas que puedan afectar el cumplimiento de sus obligaciones financieras. Este seguro permite cubrir el saldo pendiente de la deuda en caso de fallecimiento o incapacidad total y permanente del titular del crédito, además de otorgar beneficios adicionales relacionados con hospitalización y fracturas por accidente.

¿Cómo presentar una reclamación?

En caso de siniestro que pueda dar lugar a reclamación, el asegurado tiene la obligación de avisar a Gases de La Guajira S.A. Empresa de Servicios Públicos o Seguros de Vida Alfa S.A. del siniestro, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de ocurrencia.
La reclamación debe ser presentada por escrito en las oficinas de Atención al Cliente de Gases de La Guajira o a través del correo pqr@gasguajira.com, adjuntando los soportes que se requieran según el siniestro ocurrido.

1. Prima mensual

De la prima mensual del Seguro de Vida Deudor es $215.42 (Doscientos quince pesos con cuarenta y dos centavos) mensuales por cada $100.000 (cien mil pesos), el valor total del seguro se verá reflejado en la cuota mensual del crédito Brilla en la factura de Gases de La Guajira.

2. Cobertura:
  • Fallecimiento por cualquier causa laboral: con motivo del fallecimiento natural o accidental del asegurado, la aseguradora cubrirá el saldo insoluto de la deuda del crédito Brilla.
  • Incapacidad laboral total y permanente: ampara la incapacidad total y permanente sufrida por el asegurado que tenga como consecuencia una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% determinada por una de las siguientes entidades:

ARL, Colpensiones, compañías de seguros que otorgan el seguro previsional de invalidez y sobrevivencia, EPS, Juntas Regionales de Calificación o la Junta Nacional de Calificación de Invalidez; y su fecha de estructuración sea posterior al desembolso del crédito, sin perjuicio de las exclusiones contempladas en el certificado del seguro de vida deudores.

Soportes para presentar carta de reclamación por ocurrencia de siniestro:
  • Por muerte:•
    -Fotocopia de cédula de ciudadana del deudor principal crédito Brilla debidamente autenticada.
    -Registro civil de defunción original o debidamente autenticado del deudor principal del crédito Brilla.
  • Por Incapacidad Total y Permanente:
    -Fotocopia de cédula de ciudadanía del deudor principal del crédito Brilla.
    -Historia clínica completa y copia de las incapacidades del deudor principal del crédito Brilla.
    -Certificación de la junta calificadora de invalidez o institución de la seguridad social (EPS, ARL) del deudor principal del crédito Brilla.

    Revise este enlace para conocer más información sobre las condiciones particulares de esta póliza.
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