Seguro Vida Deudor

Seguro Vida Deudor

Este producto protege al cliente y a sus dependientes frente a eventos inesperados que comprometan el pago de sus obligaciones crediticias: cubre el saldo pendiente de la deuda en caso de fallecimiento o incapacidad total y permanente del titular, además de beneficios por hospitalización y fracturas accidentales.

Coberturas

  • Fallecimiento: ante muerte natural o accidental del asegurado, la aseguradora cubre el saldo insoluto del crédito Brilla.
  • Incapacidad laboral total y permanente: protege incapacidad total y permanente con pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%, certificada por ARL, Colpensiones, compañías aseguradoras, EPS, Juntas Regionales de Calificación o la Junta Nacional de Calificación de Invalidez. La estructuración debe ser posterior al desembolso del crédito.
  • Renta diaria por hospitalización: bajo este amparo la aseguradora pagará al asegurado el valor de $50.000 como beneficio por cada día de hospitalización, si es hospitalizado como consecuencia directa y exclusiva de una enfermedad o un accidente. La indemnización se otorgará desde el quinto (5º) día de hospitalización del asegurado y cubrirá un máximo de siete (7) días continuos por cada vigencia anual.
  • Renta diaria por hospitalización en la Unidad de Cuidados Intensivos: este amparo indemnizará al asegurado con el valor de $100.000 como beneficio diario durante la permanencia en la unidad de cuidados intensivos, si es como consecuencia directa y exclusiva de una enfermedad o un accidente. La indemnización se otorgará desde el quinto (5º) día de hospitalización del asegurado en la unidad de cuidados intensivos y cubrirá un máximo de siete (7) días continuos por cada vigencia anual.
  • Fracturas de huesos (miembros superiores o inferiores): la aseguradora indemnizará al asegurado con el valor de $500.000 por evento y/o vigencia, en caso de sufrir una fractura cubierta por la póliza, entendiendo como tal la condición médica en la que el hueso dañado está agrietado o roto de tal manera que hay una ruptura completa en la continuidad de la médula del hueso.

Precio

Prima mensual: $215,42 (doscientos quince pesos con cuarenta y dos centavos) mensuales por cada $100.000 de crédito. El valor se refleja en la cuota mensual del crédito Brilla, dentro de la factura de Gases de La Guajira.

Condiciones de reclamación

El asegurado debe avisar el siniestro dentro de los 30 días posteriores al evento. La reclamación se presenta por escrito en las oficinas de Atención al Cliente o vía correo a pqr@gasguajira.com, adjuntando los soportes requeridos.

Documentación requerida

Por muerte:

  • Fotocopia autenticada de la cédula del deudor principal
  • Registro civil de defunción original o autenticado

Por incapacidad total y permanente:

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del deudor principal
  • Historia clínica completa y copia de las incapacidades
  • Certificación de junta calificadora de invalidez o institución de seguridad social

Por renta diaria por hospitalización y unidad de cuidados intensivos:

  • Fotocopia de cédula de ciudadanía del deudor principal del crédito Brilla.
  • Historia clínica completa donde determine fecha y hora de ingreso, y fecha y hora de salida del centro hospitalario.
  • Certificación bancaria con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Diligenciar formulario de conocimiento de cliente, sector asegurador.

Por fracturas por accidente:

  • Fotocopia de cédula de ciudadanía del deudor principal del crédito Brilla.
  • Historia clínica completa donde se especifique el tipo de fractura diagnosticada.
  • Certificación bancaria con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Diligenciar formulario de conocimiento de cliente, sector asegurador.

Contacto

Reclamaciones: pqr@gasguajira.com